¿Qué hacer cuando está en posesión de un billete falso?

Desprenderse de un billete falso o intentar pagar con él suele ser una práctica muy realizada en nuestra vida cotidiana, pero, esto, resulta ser una falta o un delito penal. Ahora, con las compras navideñas y de Reyes, se realizan muchos pagos y transacciones y puede ocurrir que llegue a nuestra cartera un billete falso. Lo correcto es informar a la policía mediante una denuncia o entregarlo a una comisaría, pero nunca pagar o deshacernos de él. Además, ¿cómo saber su autenticidad?

¿Qué hay que hacer si me dan un billete falso?

En estos días de compras y prisas, conviene prestar especial atención a los billetes que se reciben en los cambios, ya que, entre todos, se puede colar alguno falso. Aunque los actuales billetes de euro incorporan muchos elementos de seguridad de una gran complejidad técnica, siempre hay quien es capaz de falsificarlos, sobre todo los de 50 euros. Por ello, para evitar ser víctima de los falsificadores, es necesario mantener la vigilancia y estar bien familiarizados con los billetes y monedas, con su diseño y sus elementos de seguridad: impresión calcográfica, marca de agua, hilo de seguridad, etc.

Si creemos que el billete que nos han dado es falso, o lo tenemos, conviene actuar del siguiente modo:

  • Si es posible, no hay que aceptarlo sino retenerlo y avisar a los servicios de seguridad (privada o policía).
  • Ante la duda, también se puede acudir a una entidad bancaria para comprobar si el billete es bueno o no. El banco, que está obligado a retener los billetes que piense que puedan ser falsos, lo enviará al Centro Nacional de Análisis (C.N.A.) del Banco de España para que dictamine. Hay que pedir en la entidad un justificante, porque si el billete resulta ser legal, se puede recuperar el dinero.
  • Además, también es posible presentarlo personalmente en una sucursal del Banco de España, o enviarlo por correo certificado a la siguiente dirección postal:

Centro Nacional de Análisis

C/ Alcalá, 48

28014 Madrid.

  • Cuando, a pesar de todas las precauciones adoptadas, se ha recibido un billete falso, hay que ponerlo en conocimiento de la policía. Se puede interponer una denuncia o entregarlo en una comisaría. De esta forma, los expertos en falsificación de moneda de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado sabrán de la situación y podrán actuar.

¿Cómo detectar un billete falso?

El Ministerio de Interior da una serie de consejos para comprobar la autenticidad de los billetes. No se requieren medios técnicos especiales, y las reglas esenciales son cuatro operaciones muy sencillas:

  • Tocar: hay que palpar la impresión «en relieve». El especial proceso de impresión utilizado dota a los billetes de un tacto inconfundible. Las iniciales del banco Central Europeo, las cifras que indican el valor del billete y los motivos de ventanas y puertas son ásperos al tacto, aunque conviene tener en cuenta que el paso del tiempo y el uso pueden restar eficacia a estas características.
  • Mirar: el billete se debe mirar al trasluz. Así, se verá la marca de agua, el hilo de seguridad y el motivo de coincidencia, elementos perceptibles por las dos caras del billete.
  • Girar: hay que girar el billete. En el anverso de los billetes de menor valor, se puede ver la imagen cambiante de la banda holográfica, y en el reverso, el brillo de la banda iridiscente. En los de valor más elevado, en el anverso se aprecia el holograma, y en el reverso, la tinta que cambia de color.
  • Comprobar: siempre hay que cerciorarse de todos los elementos de seguridad para asegurarse de que el billete es auténtico.

Finalmente, lo que nunca debe hacerse y es la práctica más frecuente es desprenderse del billete intentando pagar con él alguna compra. Si se hace esto, y el vendedor puede denunciarlo, en función del valor del billete se podría incurrir en un delito (si excede de 400 euros) o en una falta penal (si es igual o no pasa de 400 euros). Aunque no es posible hacerlo siempre, tome las precauciones necesarias.

¿Cuáles son mis derechos en todo contrato de crédito?

En tiempos de crisis, muchas personas no consiguen hacer frente a los gastos y ven sus ingresos disminuir. Una de las alternativas muy frecuentes a la que se opta es pedir un préstamo. Los jóvenes son el segmento de la población más afectados por la situación económica y acuden a las entidades financieras para poder pagarse los estudios, poder salir de España y encontrar un trabajo, etc. Pero no siempre es muy fácil pedir un préstamo y estar al tanto de todas las condiciones y normas que conlleva pedirlo.

Qué derechos se tienen al pedir un crédito (Fuente : 1creditorapido.es)

Al contratar un préstamo, muchos consumidores no se sienten informados completamente por sus derechos y obligaciones. Sin embargo, hay ayudas para estos usuarios, ya que desde Europa se aprobó una directiva que entró en vigor en junio de 2010 para mejorar la transparencia bancaria y la protección de los consumidores.

En esta directiva, y pensando sobre todo en los más jóvenes e inexpertos, se recomienda tener muy en cuenta estos cinco derechos básicos:

  • 1. Publicidad transparente. Cuando se anuncia el coste del crédito o el tipo de interés, debe aportarse información que ayude a comparar ofertas y precios para elegir la opción más conveniente. Debe incluir un ejemplo representativo que dé una visión clara de lo que costará.
  • 2. Derecho a la información. Se debe recibir una copia del contrato que se ha firmado y, además, tener toda la información sobre el producto antes de firmarlo, que se debe entregar en un formato claro que se denomina documento Información normalizada europea sobre el crédito al consumo (SECCI).
  • 3. Derecho a tener una información clara en el contrato. Este debe estar redactado en un lenguaje claro. Y en él siempre debe aparecer, junto a otras informaciones, detalles sobre el préstamo, el importe total adeudado y la Tasa Anual Equivalente (TAE).
  • 4. Derecho a cambiar de opinión. Hay un plazo de 14 días desde la fecha de suscripción para desistir del contrato. Se tiene que reembolsar el dinero prestado, más los intereses y las comisiones no reembolsables que el proveedor del crédito ya haya abonado.
  • 5. Se puede reembolsar el préstamo antes de lo previsto, aunque es posible que se deba compensar al proveedor de crédito por su pérdida de ingresos. En cualquier caso, la compensación no puede ser mayor que el importe total de interés que se habría pagado.

Más derechos del cliente bancario

Desde el Banco de España, se añaden otra serie de consejos para que los derechos de quienes pidan un crédito no se vean vulnerados. Entre ellos, destacan los siguientes:

  • Recibir los documentos de liquidación y justificantes de pago, acompañados de un extracto con el detalle de los movimientos.
  • Cabe el derecho a consultar la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIR). Allí, se comprueban las deudas con entidades de crédito que figuran a nombre del cliente. Si se deniega el préstamo por la consulta de un fichero, se tiene derecho a ser informado del resultado de la consulta de forma gratuita.
  • En el caso de los créditos, se debe poder disponer del dinero a medida que se vaya solicitando, dentro de los límites y plazos pactados. Si es un préstamo, se debe recibir el importe en el momento acordado.

 

Aunque el cliente bancario, tenga sus derechos también tiene sus obligaciones. Uno de los más importantes es el pago de los intereses y comisiones a tiempo, al igual que el pago de las cuotas periódicas pactadas devolviendo así el importe del préstamo. Además, ser claro y transparente de su situación económica y personal y comunicar cualquier circunstancia como cambio de domicilio, cambio de régimen económico, etc. Por último, usar los fondos prestados para la finalidad que se ha pactado.

Fuente : 1creditorapido.es