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¿Puedo desgravarme gastos trabajando en casa?

Muchos se preguntarán si trabajando en casa, no tiene ciertas ventajas fiscales. No todos tenemos unos asesores y contables que nos contesten a nuestras dudas en cuanto a fiscalidad. Algunos realizan sus propias actividades contables y fiscales. Para ello, si eres autónomo, debes de saber que puedes deducir todos los gastos justificados derivados de tu actividad profesional.

Gastos deducibles al trabajar en casa

Poder conciliar la vida familiar y profesional, ahorrar costes, tener más comodidad… Las motivaciones son variadas, pero unánime es el hecho de que trabajar desde casa es una opción al alza. Cuando un autónomo decide embarcarse en desarrollar su labor profesional desde su hogar, puede deducirse algunos gastos. Pero antes debe tener en cuenta algunos aspectos, como decidir qué parte de la vivienda destinará al trabajo. Tiene que encontrar una zona diferenciada del uso común del resto del piso, y después tiene que calcular los metros cuadrados para saber qué porcentaje del total del domicilio destinará a la oficina. Además, no puede olvidarse de comunicarlo a Hacienda mediante una declaración censal (modelo 036 o 037).

Hay gastos que son deducibles al 100%. Son todos aquellos relacionados con la tarea profesional, pero que no guardan relación con el lugar donde se realice el trabajo: la cuota de autónomos, los seguros, el consumo de teléfono (fijo y móvil), la compra de muebles o de ordenadores, la suscripción a revistas profesionales, los gastos de asistencia a eventos relacionados con la actividad, etc.

Otras partidas solo se deducen en un porcentaje determinado. Son, sobre todo, los gastos relacionados con la vivienda-oficina. Aunque se pueden deducir tanto si se vive de alquiler como si la casa es propia, hay diferencias:

  • Si se es propietario, se puede deducir la parte proporcional correspondiente al IBI, a la tasa de basuras y la comunidad de propietarios, al coste del seguro sobre la casa, o a los intereses de la hipoteca. Solo es posible deducirse estos gastos si se es titular del inmueble.
  • Cuando se vive de alquiler, el contrato tiene que estar a nombre del autónomo que lleve a cabo su actividad en casa. Por lo demás, como en el caso de la vivienda en propiedad, se tiene que calcular la parte proporcional destinada al trabajo respecto al total del piso, para poder deducir el gasto por alquiler.

Los suministros no se deducen

Aunque en el desarrollo de su trabajo desde casa un autónomo gasta agua, luz, calefacción, etc. estos desembolsos no se pueden deducir. La razón es que son suministros que no están individualizados. Y para poder diferenciar lo que se gasta en el hogar de lo que se utiliza para la oficina, habría que tener diferentes contadores y contratos distintos. En uno se controlaría lo que se gasta en la zona de vivienda, y en el otro se ve cuánto se gasta en el área destinada al trabajo.

Gastos de viajes y restaurantes

Aunque se trabaje desde casa, a veces es preciso realizar viajes. Ya sea para asistir a una reunión o para quedar con algún cliente, será preciso coger el tren, el coche o el avión. Respecto a los gastos de viajes, casi siempre se considera deducible cualquiera que se haga en el desarrollo de la actividad.

Todos los desplazamientos en tren, en avión o en un turismo se pueden deducir. Pero, a veces, es difícil especificar los gastos del coche particular cuando este se utiliza tanto para uso personal como profesional. No hay que olvidar que siempre hay que justificar el gasto con facturas y tiques, y si los de algún desplazamiento no son necesarios para el trabajo, no son fiscalmente deducibles.

Lo mismo sucede con las comidas en restaurantes relacionadas con el trabajo, que deben justificarse. Además, en ambos casos, si el gasto se excede de lo que se considera normal, tampoco se admite que se desgraven.

 

Trabajar a domicilio tiene sus puntos buenos y malos. Uno de los buenos comentados anteriormente es que el trabajador autónomo puede desgravarse todos los gastos derivados de su actividad profesional (Internet, teléfono, material necesario para la oficina, etc.). Tanto en alquiler como en su casa propia, se podrán deducir los gastos. Lo primordial, ante todo, es justificar el desembolso económico como consecuencia de su trabajo. No olvide que los gastos de suministros no se podrán deducir a no ser que hayan contratos independientes (uno para el uso personal y otro para la oficina).