¿Qué diferencias sufrirá el mercado inmobiliario en el 2015?

Como cada año, los más entendidos del complicado y tedioso sector inmobiliario se lanzan a dar sus previsiones y opiniones de como será este año, dando una visión general de lo que a su parecer nos deparará el 2015 en el mercado inmobiliario. Nosotros te lo resumimos a continuación.

Empezamos por Luis Corral (delegado de Foro Consultores). En su opinión, 2015 tiene todas las papeletas para ser el año en el que se consolide finalmente el mercado inmobiliario. La demanda de una vivienda está aumentando a un ritmo frenético, la economía está empezando a mejorar y todas aquellas personas que han esperado a que pasase lo peor de la crisis económica para adquirir un inmueble lo harán este año (en su mayoría).

El mercado de los alquileres subirá, habrá una mayor oferta y esto hará que los precios se mantengan como el año pasado o que incluso bajen ligeramente. La tendencia de pasar de inquilino a comprador seguirá subiendo como ya lo hacía en 2014. Sí, hablamos de inmobiliarias que, de alguna forma están ligadas a las constructoras. Éstas últimas no gozan del gran momento experimentado hasta hace poco aunque a nivel corporativo reciben grandes noticias como el galardón que la presidenta del Grupo Essentium, Susana Monje, recibió en los Premios Dirigentes, celebrados el 26 de febrero.

Seguimos con José Luis Ruiz Bartolomé (reconocido experto inmobiliario). La compraventa es un mercado con altibajos, pero este año según José Luis despegará notablemente, ¿por qué? La respuesta es sencilla, por la mejora del acceso por parte de un particular a la hora de financiar un crédito.

Los promotores más importantes de España están empezado a funcionar, realizando obras nuevas en las principales ciudades del país. Respecto al alquiler, podemos ver como en cierta forma coincide con Luis Corral, ya que prevé que gran parte de la actual demanda del alquiler de un inmueble va a ir trasladándose poco a poco a la compra.

Vamos con Carlos Ruiz (gerente de Arrenta). Su opinión ha sido un poco más genérica, sin entrar en muchos detalles. Carlos vaticina un moderado crecimiento en el mercado de los alquileres, destacando el crecimiento de los seguros del alquiler.

Las agencias inmobiliarias aprovechan la venta de un seguro de alquiler para sacar otro tipo de pólizas como hogar, comunidad, vida o defensa jurídica. Arrenta cree que esta actividad aumentará hasta en un 40% durante este año entre las agencias inmobiliarias de España.

Por último vamos a comentar la opinión de Bankimia (un importante comparador de hipotecas). En 2015, las entidades seguirán bajando los diferenciales, pero no sabemos hasta que punto pueden llegar. También coinciden con la opinión de José Luis, los bancos se muestran mucho más receptivos a la hora de comercializar una hipoteca, algo que hace dos años no veíamos.

Consejos para comprar por internet al mejor precio

Hoy en día, existen multitud de tiendas online para comprar a través de internet, sin embargo, no todas las tiendas online son de fiar. En este artículo, te vamos a dar unos pequeños consejos para que cuando vayas a comprar por internet estés 100% seguro de que la compra será todo un éxito.

Recomendaciones para comprar por internet

– No te fies de la primera tienda online que encuentres en el buscador realizando una búsqueda. Antes de realizar una compra, infórmate de que opiniones tienen, si otros usuarios han realizado compras en ella y han sido un éxito, etc. Para encontrar este tipo de opiniones, te recomendamos que pongas el nombre de la tienda y añadir la palabra clave «opiniones».
– Existen muchas páginas webs como Donde Puedo Comprar que te ayudan a encontrar tiendas online que son legales y que ofrecen productos a precios asequibles, para que no gastes un céntimo de más, y por supuesto, recomendarte tiendas online legales.
– Asegúrate de que la tienda online tiene política de devolución y que a poder ser, que los gastos de envío sean gratis. Muchas veces, las tiendas online tienen precios muy buenos pero luego los gastos de envío son de 10€, por lo que antes de ponerte a realizar la compra, mira las políticas de compra de cada una de las webs.
– A poder ser, que la política de devolución siempre sea gratuita, es decir, que no tengas que pagar tu los gastos de envío si no te gusta el producto que pediste. Hay muchas tiendas que este dato lo ocultan y luego te toca a ti pagar por el envío. Lo recomendable es que venga el del servicio de mensajería a recoger el paquete si quieres devolverlo y que no te cueste nada.
– Por último, antes de comprar, mira en buscadores como Google si la tienda dónde vas a realizar tu compra tiene algún tipo de cupón promocional. Un consejo es que acotes la búsqueda por fecha y sólo realices la búsqueda con resultados del último mes para poder conseguir un cupón de descuento que todavía siga vigente y te ahorres unos euros, que nunca vienen mal.
¿Y para ti, cuáles son tus recomendaciones para comprar a través de internet?

Me he quedado en paro: ¿cuánto voy a poder cobrar?

Por desgracia, he perdido mi empleo. Estoy en el paro ¿qué tengo que hacer ahora? Mientras las cifras de desempleo oficiales siguen en aumento cada mes. De la misma forma, cada vez hay menos afiliados a la seguridad social. Y aunque va a ser difícil volver a conseguir un nuevo trabajo… no hay que perder la esperanza. Ahora bien, también tenemos derecho a recibir la parte que nos corresponde del paro. En este post te explicamos con detalle la cantidad que te corresponde de paro dependiendo del tiempo que has trabajado y cotizado en la seguridad social:

Qué paro cobrar y durante cuánto tiempo

En el actual contexto de recesión económica que atraviesa España, cada día pierden su empleo unas 1.440 personas y la afiliación a la Seguridad Social sigue cayendo, pues son poco más de 16 millones los ocupados que aún cotizan. Por ello, es conveniente conocer que la cuantía y la duración de laprestación por desempleo que recibe una persona parada dependen del tiempo que ha estado trabajando y cotizando, de lo que ha cobrado mientras estuvo en activo y de la cantidad de hijos que tiene a su cargo.

La prestación por desempleo es gestionada y abonada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y se percibe tras la pérdida involuntaria de un empleo, en función de las cotizaciones realizadas durante los periodos trabajados. Así, cuando una persona se queda sin trabajo y encuentra dificultades para obtener otro, tiene derecho a una serie de ayudas económicas, siempre que cumpla una serie de requisitos. Pero, ¿a qué prestación y durante cuánto tiempo tiene derecho un parado?

1. Si el solicitante de la prestación ha trabajado menos de un año

  • Cuando el demandante de empleo ha estado trabajando durante menos de un año, debe cumplir ciertas condiciones para acceder a la prestación:
    • Ha de estar en situación legal de desempleo.
    • No puede percibir ningún tipo de renta que sea superior al 75% del SMI (Salario Mínimo Interprofesional). El SMI para 2013 se sitúa en 645,30 euros mensuales, lo que significa que el parado no recibe unos ingresos superiores a 483,98 euros al mes.
    • Si tiene cargas familiares, debe tener cotizados, al menos, tres meses a la Seguridad Social. Se entiende por responsabilidades familiares tener cónyuge o algún hijo menor de 26 años o mayor con discapacidad, o menor acogido, a su cargo. En este sentido, la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de la unidad familiar, dividida entre el número de personas que la componen no debe superar los 483,98 euros.
    • Si carece de cargas familiares, ha de tener cotizados un mínimo de seis meses a la Seguridad Social.
    • Tiene que suscribir un compromiso de actividad por el que el demandante de empleo debe buscar de forma activa trabajo y participar en acciones específicas de orientación, formación o inserción profesional para incrementar su capacidad de empleo.
  • Cuál es la cuantía de la prestaciónLa percepción económica por desempleo es el 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que para 2013 se sitúa en 532,51 euros al mes. Así, durante este año, cada desempleado percibe 426,00 euros mensuales, una cantidad que se actualiza cada año.
  • Qué duración tiene la prestación
    • Si el desempleado ha cotizado tres, cuatro o cinco meses y tiene responsabilidades familiares, le corresponden tres, cuatro o cinco meses, respectivamente, de prestación.
    • Si el parado cotizó seis meses y no tiene cargas familiares, le corresponden seis meses de prestación; pero, si tiene responsabilidades familiares y cotizó seis meses, disfrutará de 21 meses de prestación.

2. Si el desempleado ha trabajado un año o más

  • Cuando el demandante de empleo que ha trabajado un año o más, tiene quecumplir varias condiciones para optar a la prestación:
    • Debe encontrarse en situación legal de desempleo.
    • Ha de estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en laSeguridad Social en un régimen que contemple la prestación por desempleo.
    • Debe tener cotizados, al menos, 360 días en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo.
    • Tiene que suscribir un compromiso de actividad y acreditar disponibilidad para buscar de manera activa empleo y para aceptar una colocación adecuada.
    • No puede haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse.
  • Cuál es la cuantía de la prestaciónLa cantidad de la prestación está en función de la base reguladora que se tuvo mientras se trabajó. Así, el importe diario es el 70% de la base reguladora durante los seis primeros meses de derecho y el 50% a partir de dicho periodo.Hay unas cuantías mínima y máxima de la prestación, en función del número de hijos a cargo y del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) existente cuando se inició la prestación (en 2013 equivale a 532,51 euros mensuales).
    1. Cuantía mínima de la prestación:
      • Cuando el desempleado no tiene hijos a su cargo, la prestaciónno puede ser inferior al 80% del IPREM incrementado en 1/6. Así, el importe mínimo mensual es de 497,00 euros.
      • Si el parado tiene uno o más hijos a su cargo, la prestaciónnunca podrá ser menos del 107% del IPREM, más 1/6. En este caso, la cantidad mínima de la prestación es de 664,74 euros mensuales.
    2. Cuantía máxima de la prestación:
      • Si el parado no tiene hijos a su cargo, la prestación no puede ser superior al 175% del IPREM incrementado en 1/6. Así, el importe máximo mensual es de 1.087,20 euros.
      • Si el desempleado tiene un hijo a su cargo, la prestación no puede ser superior al 200% del IPREM incrementado en 1/6. En este caso, la cuantía máxima mensual es de 1.242,52 euros.
      • Cuando el parado tiene dos o más hijos a su cargo, la prestaciónno puede exceder del 225% del IPREM, incrementado en 1/6. Así, el importe máximo de la prestación es de 1.397,83 euros mensuales.Se consideran hijos a cargo los menores de 26 años, o mayores con discapacidad, que convivan con el desempleado y no tengan rentas superiores a 645,30 euros al mes. De cualquier forma, a la cantidad bruta de la prestación se le aplican, en su caso, descuentos de la Seguridad Social y del IRPF.
  • Qué duración tiene la prestaciónLa duración de la prestación se calcula en función de las cotizaciones realizadas en los últimos seis años anteriores a la situación legal de desempleo, siempre que no se hayan tenido en cuenta para una prestación anterior, de acuerdo con la siguiente escala:
    • Si se ha cotizado entre 360 y 539 días, se tiene derecho a 120 días de prestación.
    • Si se cotizó entre 540 y 719 días, se tendrá prestación durante 180 días.
    • Al cotizar entre 720 y 899 días, corresponden 240 días de prestación.
    • Cuando se cotiza entre 900 y 1.079 días, se disfrutará de 300 días de prestación.
    • Si se cotiza entre 1.080 y 1.259 días, se tiene derecho a 360 días de prestación.
    • Cuando se cotiza entre 1.260 y 1.439 días, corresponden 420 días de prestación.
    • Al cotizar entre 1.440 y 1.619 días, se tendrá prestación durante 480 días.
    • Si se ha cotizado entre 1.620 y 1.799 días, se puede disfrutar de 540 días de prestación.
    • Cuando se cotiza entre 1.800 y 1.979 días, se tendrá prestación durante 600 días.
    • Al cotizar entre 1.980 y 2.159 días, se tiene derecho a 660 días de prestación.
    • Si se ha cotizado durante 2.160 días (es decir, seis años) o más, se tiene derecho a 720 días (dos años) de prestación.

Documentación necesaria para acceder a la prestación

Para poder acceder a la prestación por desempleo, el parado debe presentar la siguiente documentación:

  1. El modelo de solicitud. El impreso incorpora la declaración de rentas de la persona solicitante y de los familiares que convivan con ella o estén a su cargo, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de petición de información a la AEAT (Agencia Tributaria).
  2. La identificación del solicitante y de los hijos que estén a su cargo y figuren en la solicitud. Se trata de aportar el Libro de familia, el DNI o el NIE (Número de Identidad de Extranjeros) de todos ellos.
  3. El certificado de empresa, en el que se acredite la situación legal de desempleo. Si el certificado no fuera suficiente para hacerlo, deberá aportarse algún otro documento que la demuestre.
  4. Si la entidad gestora lo solicita, hay que aportar un justificante de las rentas.
  5. Puede serle requerida documentación adicional.

Dónde y cuándo presentar la documentación

Las solicitudes, tanto de quienes han trabajado más de un año, como de los que han hecho menos, se pueden presentar en la Oficina de Empleo que corresponda, a través de la página web del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), o en una Oficina de Correos.

Hay un plazo de 15 días hábiles, que se cuenta desde que se produce la finalización del contrato. Si la empresa ha abonado vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese, la solicitud debe presentarse en el plazo de los 15 días hábiles siguientes a la finalización de ese periodo equivalente a las vacaciones.

En cualquier caso, la persona desempleada debe facilitar al SEPE y a los Servicios Públicos de Empleo autonómicos un domicilio físico a efectos de notificaciones y comunicaciones. Cuando no quede garantizada la recepción de las comunicaciones en la dirección dada, hay que proporcionar los datos necesarios para realizarla por medios electrónicos.

Para obtener más información se puede acudir a las oficinas del SEPE o llamar al número de teléfono de atención al ciudadano 901 11 99 99.

Y para lo que llevan en paro desde hace más de dos años, seguirán teniendo el subsidio extraordinario de desempleo de los 400€. Aunque las medidas de recortes del gobierno han afectado directamente a estas prestaciones, el subsidio extraordinario sigue intacto.  Esta ayuda de 400 euros se podrá percibir durante un periodo máximo de 6 meses. Si en este periodo de tiempo el beneficiario encuentra un trabajo, dejará de cobrar el subsidio. Podrá cobrar la parte restante si vuelve a quedarse en paro.

¿Puedo esquivar las comisiones que me impone el banco?

La importante crisis que está sufriendo el sector financiero por culpa de los dudosos créditos emitidos por las entidades tienen hoy en día un gran impacto en la solvencia de estos. Los bancos, para poder seguir haciendo beneficios tienen que adaptarse a la cartera de los clientes. Y es que una gran parte de los clientes ya no confía en ellos para poner dinero en nuevos fondos de inversión por lo tanto, los bancos tienen que seguir haciendo que las cuentas de esos clientes den beneficios. Los bancos intentan compensar sus pérdidas y mantener su niveles de beneficios aumentan las comisiones de éstos. En este post te explicamos con más detalle lo que el banco se puede llevar en comisiones.

¿Cuánto dinero reciben los bancos gracias a las comisiones?

En medio de una coyuntura financiera adversa, la necesidad de dotarse de liquidez y compensar las pérdidas del sector bancario y la enorme tasa de morosidad hace que las entidades estén cobrando, cada vez más, por los servicios que prestan a sus clientes. Aun así, los datos de la AEB (Asociación Española de Banca) reflejan que, desde que se inició la crisis, hace casi seis años, los españoles están dejando de utilizar numerosos servicios bancarios y, por ello, los ingresos por comisiones han caído en torno a un 16%.

Las comisiones bancarias son las cantidades que las entidades cobran a los clientes por sus servicios (la concesión de una tarjeta de crédito, un ingreso decheques, el envío de una transferencia, un cambio de divisas, una compra de acciones bursátiles, la administración de una cuenta, el estudio de un préstamo, etc.). Aunque las entidades están obligadas a informar de lo que cuesta cada producto y de cuáles son los gastos de las operaciones, a menudo, el usuario solo es consciente de estas comisiones cuando las descubre al revisar sus extractos bancarios.

Según el estudio «Análisis de las comisiones en tiempos de crisis. Periodo 2007-2012», elaborado por ADICAE(Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros), en estos años, algunas entidades han elevado hasta un 185,9% el precio que cobran a sus clientes por servicios como el mantenimiento y administración de cuentas y tarjetas, la extracción de dinero en cajeros o el estudio y apertura de créditos hipotecarios, es decir, las operaciones más habituales que realiza un usuario medio de servicios financieros. Mientras que en estos seis años el IPC ha aumentado un 11,3%, las comisiones bancarias han subido de media un 46,88%.

Existen formas para intentar evitar una sobredosis de comisiones. Dependiendo de la cantidad de productos y servicios que hayas contratado con este banco, podrán hacerte una rebaja en las comisiones de estos servicios. (Aunque no existe ley escrita, eh?). Evitando los descubiertos de la cuenta y manteniendo elevados saldos en la cuenta podremos favorecer la confianza del banquero en nosotros y por lo tanto, conseguir rebajas en comisiones futuras. En general, el sector de la banca es un sector en el que la relación cliente-empleado son muy importantes: una relación larga, duradera y de confianza permite crear una relación rentable para ambas partes. Aunque por un lado lo sera más que por el otro…

Asia, una región endeudada pero dinámica

Las economías asiáticas, con un modelo de crecimiento basado en la exportación, sufrieron duramente cuando la demanda global se debilitó a causa de la crisis iniciada en 2007. La respuesta a este shock fue estimular la demanda interna incrementando el endeudamiento. Las condiciones de partida eran propicias para emprender esa ruta: un exceso de ahorro (que se reflejaba en un superávit corriente del 7,4% del PIB) y un déficit fiscal prácticamente nulo.

Entre 2009 y 2012, el endeudamiento contó con la ayuda de unas condiciones financieras holgadas y unos bajos tipos de interés reales, derivados de la laxitud monetaria global propiciada por la Reserva Federal estadounidense, pero también por los propios países emergentes.

El endeudamiento asiático se ha concentrado en el sector de las empresas no financieras. En términos del PIB, las empresas pasaron de endeudarse un 81% en 2007 a un 132% en 2013, lo que equivale a 51 puntos de los 62 arriba señalados. Se trata de un nivel elevado en términos históricos y en comparación con otros países. El gran riesgo de esta situación radica en que este endeudamiento empresarial no redunde en una mejora de la productividad del capital. Sin mejoras en este sentido, sería de esperar una relativa moderación del crecimiento que, unida al envejecimiento demográfico, dificultaría la reducción de la deuda. Una previsible subida de los tipos de interés reales, alentada por el cambio de política de la Fed, complicaría aún más el panorama.

Sin embargo, la situación es heterogénea entre países. La nota relativamente positiva es que los registros más elevados, en cuanto al nivel de deuda y su evolución reciente, se concentran en las economías «fuertes» de la región: China, Hong Kong, Singapur y Corea del Sur. En cambio, las economías consideradas más «débiles» –la India e Indonesia– tienen un endeudamiento más moderado, aun considerando su menor renta per cápita. Por su parte, Indonesia registró una deuda total del 74% en 2013, la menor del grupo de países analizados. El factor demográfico también juega a su favor, ya que la India e Indonesia escapan de la tendencia general de envejecimiento de la población predominante en la región. Las cifras más llamativas corresponden a China, cuya deuda total pasó del 148% al 244% del PIB (del 97% al 173% en el caso de empresas no financieras). El riesgo que esto supone debe evaluarse en el marco del proceso de reequilibrio y transformación de la economía china, así como de las pe­­cu­­liares reglas de funcionamiento de un sistema dominado por el Estado.