Como ahorrar en el gasto mensual de luz

Desde principios de este año ya pagamos más por mantener el mismo nivel de consumo eléctrico en casa. No podemos impedirlo, pero sí amortiguar el golpe, ¡e incluso ahorrar! con algunas medidas que, además, se ajustan a los parámetros de un uso energético responsable. En este post vamos a ver unos pequeños gestos muy sencillos para conseguir que la subida del precio de la luz no tenga demasiada repercusión en nuestro bolsillo.

La factura de la luz ha subido casi un cinco por ciento: un incremento de 1,7 euros, según el Ministerio de Industria, aunque de 2,48 euros, para la organización Facua-Consumidores en Acción, que a la vez subraya que en los últimos tres años el coste del kilovatio se ha encarecido ya en un 30 por ciento. Hay mucha letra pequeña en lo que argumentan el Gobierno y los empresarios para justificar el tarifazo y las organizaciones de consumidores para criticarlo, pero lo único en lo que nadie puede disentir es en que el aumento ya está aquí y no tiene marcha atrás. O sí… si nos ponemos manos a la obra para paliar, de algún modo, la medida. ¿Cómo? Aquí van algunos consejos.

Lo primero: antes de comprar bombillas de bajo consumo, pregúntese: «¿Qué contrato tengo?», «¿Responde a mis necesidades?», «¿Me quedo como estoy  o debo cambiar?» Empecemos de cero: calcule el número de kilovatios de electricidad que debe contratar. Para ello tenga en cuenta para el número de electrodomésticos de que dispone -secadora, vitrocerámica, horno eléctrico, microondas…-, el sistema de calefacción y aire acondicionado, los metros cuadrados de su vivienda… Diferentes compañías eléctricas -como Endesa o Iberdrola- tienen en su página web calculadoras que ayudan a realizar el cómputo. Si tenemos contratada un potencia mayor de la necesaria, podemos llegar a pagar hasta 200 euros anuales de más. Un ejemplo: se calcula que una potencia de 4,6 kilovatios puede ser suficiente para abastecer una casa con un consumo normal de luz, frigorífico, calentador de agua, aspirador, plancha y lavadora. Si a esto le sumamos aire acondicionado y calefacción eléctrica, la potencia contratada debe alcanzar los 9 kilovatios, pero no más.

Llegados a este punto es preciso aclarar algo: el incremento de precios afecta «solo» a los clientes que se rigen por la llamada tarifa de último recurso (TUR), regulada por el Gobierno: los hogares y las pymes. Entrecomillamos «solo» porque hablamos, claro, de más de 20 millones de tomas de luz. A este tarifa tienen derecho los usuarios con una potencia contratada inferior a los 10 kilovatios (la mayor parte de los usuarios). El resto -empresas, en su gran mayoría- debe acudir al mercado libre, cuyos precios no se rigen por las decisiones ministeriales.

Ahora bien, las factura de la TUR responde a la suma de dos componentes: uno es el peaje, es decir, los costes del sistema de sumistro de la electricidad; el otro responde a la subasta trimestral que las empresas comercializadoras realizan de la energía. Esta subasta es la que ha provocado el aumento. El procedimiento es descendente: se parte de un precio elevado de la energía y los participantes de la subasta (Endesa, Iberdrola, Unión Fenosa, HC y E.ON) pujan a la baja para conseguir que a su empresa le sea adjudicado el mayor número de lotes que vender. Se garantiza así, a priori, un equilibrio entre la oferta y la demanda: como es lógico, cada empresa querrá conseguir la mayor tajada posible, y lo hará dando precios más baratos que su rival. Cabe especular que las empresas podrían pactar precios y no sobrepasar tampoco unos mínimos, pero sería ilegal, y el Gobierno, regulador de todo el proceso, debería intervenir. En junio pasado, por ejemplo, pese a que en la subasta (denominada Cesur) se regístró un incremento del precio, ya que las pujas no llegaron tan abajo como en otras anteriores, el Gobierno decidió evitar que este aumento se trasladara a las facturas, rebajando el precio del peaje. Y es que durante el verano el precio de la luz ya había subido debido al incremento del IVA, que saltó del 16 al 18 por ciento.

Si usted se rige entonces por la tarifa de la TUR, tiene dos maneras de ahorrar. Por un lado, acogiéndose a las bonificaciones nocturnas. No sólo es más barata: en la última subida ha registrado un incremento del tres por ciento, inferior al resto de los usuarios, que rozan el cinco. Es especialmente útil para quienes tengan calefacción eléctrica (más cara, cabe recordar, que el gas), que pueden instalar acumuladores nocturnos. Pero no es sólo para ellos: si nos acogemos a este contrato y ponemos la lavadora o el lavavajillas en horario nocturno, ahorramos también unos cuantos euros.

Además, unos cinco millones de usuarios tienen derecho al denominado ‘bono social‘, una ayuda que elimina la parte fija del recibo y congela la tarifa desde el momento que se solicita. Supone un ahorro que ronda el ocho por ciento del total de la factura y pueden solicitarla los consumidores con una potencia contratada inferior a 3. kilovatios en su primera vivienda, pensionistas que reciban cuantías mínimas, familias numerosas y familias que tengan a todos sus-miembros adultos en el paro. De los cinco millones que podrían solicitado, sólo tres millones lo han hecho. ¿Es usted uno de los otros dos millones? Si lo es, está pagando más de lo que debe.

Otra opción es renunciar a la tarifa TUR y acudir al mercado libre. Las compañías eléctricas – Endesa, Iberdrola, Gas Natural, HC Energía- realizan sus propias ofertas, que no se rigen por las tarifas reguladas por el Gobierno. Habrá quien considere ahora la opción de pasarse a esta via, aunque, ojo, lea bien la letra pequeña del contrato. A menudo se nos exige permanencia de, al menos, un año y, si bien ofrecen descuentos de hasta el ro por ciento, a veces sólo lo aplican si contratamos tanto el gas como la electricidad y las correspondientes revisiones de las instalaciones. Lo cierto es que hoy el mercado liberalizado resulta muy competitivo para grandes y medianos consumidores, pero quizá no para un usuario doméstico. En cualquier caso, si prueba y no le convence, siempre puede volver a la TUR … Lo importante es que sólo un ligero cambio de hábitos puede amortiguar bastante el último, y esperemos que realmente sea el último, aumento en nuestras facturas.

 

El precio del oro ira en aumento durante todo el año 2013

Bajo el título «el mundo del oro», el consejero delegado y director general de las inversiones del US Funds, Frank Holmes, ha presentado un documento en el que aparecen las cincuenta razones por las que el precio del oro aumentará durante todo el año 2013. Este documento, presentado en el Simposio Financiero que tuvo lugar en Vancouver ha aumentado el valor de los «goldbugs» ya que explica una serie de hecho probados contra los que se oponen a la compra de oro.

El documento comienza por demostrar la inexistencia de una burbuja especulativa en el mercado del oro durante estos últimos años, comparándolo con otro indicios que han aumentado de forma exponencial como el Nasdaq (indicio bursátil de las tecnologías de Wall Street) y algunas materias primas como el petróleo. El comportamiento de una burbuja especulativa en el mercado es clara cuando aparecen casos de crecimiento de tres a cinco veces mayores que el valor inicial mínima. En el caso del oro, que el precio se hayan multiplicado por 4 en los últimos 10 años no podría considerarse un comportamiento especulativo.

El informe establece relaciones causa-efecto de la política monetaria, fiscal y el comportamiento del oro. En este sentido, uno de los gráficos es particularmente ilustrativo ya que muestra la rápida pérdida de valor del dólar en los cuarenta últimos años comparado con el indice de los precios de los bienes de consumo. A finales del mes de julio, el dólar había perdido un 83% de su poder adquisitivo desde la suspensión de la convertibilidad del oro en 1971.

 

Mejorar la privacidad de nuestra cuenta en Facebook

Aunque la privacidad y la intimidad siempre han sido preocupaciones importantes, con la creación y el uso de las redes sociales estamos cada vez más preocupados. Hoy en día, la red social por excelencia – Facebook – deja mucho que desear en cuanto a su política de privacidad y en su forma de protegernos a nosotros – usuarios de la red – y de mantener nuestra información a salvo. Si estás pensando en cerrar tu cuenta pero no lo haces porque necesitas esta cuenta, te vamos a explicar unos pequeños trucos que pueden mejorar tu privacidad en Facebook.

El problema radica en que cada mensaje publicado en Facebook dispone de un nivel de privacidad marcado por el usuario que escribe el mensaje original. Es decir, si un contacto publica un mensaje o una fotografía con el nivel de privacidad marcado como «público», todos los comentarios y los «me gusta» difundidos en ese hilo de mensajes por el resto de sus contactos también serán visibles para cualquiera. Del mismo modo, los mensajes o fotografías con un nivel de privacidad para «amigos» solo los podrán ver los contactos compartidos por ambos usuarios.

Para mejorar este aspecto, Facebook ha creado en fechas recientes nuevos controles para simplificar la gestión de la privacidad. En el ángulo superior derecho de la barra azul, junto con el icono de configuración de la cuenta, se ha situado un acceso directo a la gestión de la privacidad. De este modo, los usuarios pueden ver los controles básicos de las acciones más comunes, como «¿Quién puede ver mi contenido?» o «¿Quién puede contactarme?». También se ha incluido un acceso directo rápido a la opción de «Bloquear a usuarios molestos».

Con este nuevo formato de acceso a los controles de privacidad, Facebook pretende que sus usuarios terminen por comprender de un vistazo cómo tienen configurada su cuenta y de qué manera pueden cambiar sus parámetros generales.

En multitud de ocasiones, las quejas de los usuarios provienen de no entender la mecánica básica del funcionamiento de Facebook. La red social tampoco lo había puesto tan sencillo como hasta ahora. En algunos momentos, estas opciones de privacidad estaban en páginas secundarias a las que había que acceder hasta con media docena de clics de ratón.

Según un representante de Facebook, estos cambios han permitido que los usuarios hayan revisado su comportamiento en la red social y se hayan vuelto más conscientes del control y gestión de su privacidad. Sin embargo, las modificaciones aún no son visibles en las versiones para dispositivos móviles.

Graph Search, para buscar datos de los usuarios

Estos nuevos controles se lanzan al mismo tiempo que el nuevo buscador de Facebook, denominado Graph Search, hoy en día de acceso en beta limitado a algunos usuarios residentes en Estados Unidos. Mediante este motor de búsquedas interno, la red social mostrará diferente tipo de información de las personas registradas en la plataforma.

Graph Search permite buscar dentro del grupo de contactos del usuario o bien realizar búsquedas de toda la base de usuarios de Facebook. La idea es que los usuarios puedan hacer búsquedas semánticas para encontrar amigos o conocidos de los amigos que les gusten las motos, la literatura, hacer un tipo de actividad deportiva…

Según Facebook, la información que se podrá encontrar a través de Graph Search está basada en la que se ha compartido con otros usuarios o de forma pública. Es decir, si una persona ha compartido información con un grupo de contactos y les comunica que le gustan las motos de carreras, este contenido se mostrará a ese grupo de contactos cuando estos realicen una búsqueda con el nuevo motor.

 

Y aunque a Facebook le quedan muchas mejoras que hacer a nivel de privacidad, nosotros tenemos que ser los primeros en preocuparnos por nuestra privacidad. Y aunque a veces no nos demos cuenta hasta que punto, hoy en día cualquier información que escribamos en la web puede ser encontrado… ¡e incluso utilizada!
El mejor consejo de todos: no publiqueis nada que quereis guardar en secreto.

Los mejores alimentos para combatir el cansancio

Si tenemos largas jornadas de trabajo, habremos notado que los primeros días de la semana son llevaderos y que, a medida que pasan los días, llegamos cada vez más cansados al fin de semana. Este es un problema que se puede solucionar llevando una dieta rica en alimentos energizantes tales como los frutos secos o los hidratos de carbono. Es importante alimentarse correctamente si tenemos un estilo de vida muy activo y con pocas horas de descanso. En este post vamos a hablar de los mejores alimentos para llevar una dieta que nos permita tener energía para todo el día.

Los alimentos más energizantes

Los alimentos que proporcionan al organismo la energía para mantener su equilibrio son, sobre todo, los hidratos de carbono y las grasas, ya que representan una fuente de energía inagotable. Sin embargo, es importante destacar que todos los alimentos energizantes son imprescindibles en nuestra dieta diaria, desde los que estimulan la concentración y la capacidad mental, hasta los que aportan energía muscular.

  • Frutos secos. Son los alimentos energéticos por excelencia. Contienen una gran cantidad de ácidos grasos esenciales, que el organismo humano no puede sintetizar por sí mismo. Destaca la presencia en minerales (magnesio, fósforo, potasio, calcio, hierro, zinc y selenio), que es superior al resto de las frutas y que, además, tienen poder antioxidante. A esto se suman importantes cantidades de proteína y fibra que ayudan a regular el tránsito intestinal y mejorar la musculatura.Es un alimento idóneo para llevar siempre encima, ya que representa un combustible eficaz a cualquier hora del día. Es el tentempié perfecto para asegurar la energía de nuestro cuerpo. Sin embargo, debemos tener en cuenta su elevado contenido en grasas: las personas con sobrepeso deben moderar su consumo. El truco consiste en tomar un puñado al día y seleccionar los frutos secos crudos y sin salar. Es un alimento que aporta vitalidad y que, al mismo tiempo, tiene un gran poder de saciar.
  • Verduras de hoja verde. Su color verde se debe a la clorofila. Hay una gran variedad de estos alimentos y son necesarios imprescindibles en la dieta diaria. Su escaso aporte de calorías y su gran contenido en vitaminas dotan a este alimento de un gran valor energizante. En su composición destacan las vitaminas A, C, B, E y K, los minerales como el hierro, magnesio, potasio y calcio, y su elevada cantidad de fibra. Algunos ejemplos de estas verduras son: las espinacas, la acelga, el apio, el brócoli, el berro, la coliflor, las coles, la rúcula, la lechuga, la escarola o la achicoria. Es importante hacer especial hincapié en la espinaca, ya que cuenta con un elevado valor nutritivo. Su riqueza vitamínica y su elevado contenido en hierro hacen de este alimento un aliado estupendo para cargar las pilas de nuestro cuerpo.
  • Chocolate puro. Cuanto más puro, mejor. El chocolate es fuente de energía y mejora el estado de ánimo. La presencia de estimulantes en su composición hace de este alimento una buena elección para mantener la energía del cuerpo (además de darse el gusto). El chocolate es un alimento rico en magnesio, potasio, fósforo y hierro, vitaminas A, E, B1 y B2, lípidos y proteínas. Las moléculas de este alimento contienen gran cantidad de energía que nuestro organismo sabe cómo utilizar.
  • Hidratos de carbono de absorción lenta. Se podrían definir como «los preferidos del organismo» ya que tienen la capacidad de liberar energía poco a poco, a medida que el cuerpo la necesita. El arroz, las patatas, la pasta, el pan, las legumbres y la gran mayoría de cereales son alimentos ricos en hidratos de carbono y aportan la energía necesaria para el buen funcionamiento físico y psíquico de nuestro organismo. En deportistas, ya sean profesionales o aficionados, es recomendable una dieta rica en estos alimentos para garantizar una adecuada reserva energética.
  • Carne magra. Carne magra significa con poca grasa, es decir, la parte del animal con menos cantidad de grasa. La carne magra del cerdo y la ternera, el pollo sin piel y el pavo son una importante fuente de proteínas. Sobre todo, aportan tirosina, un aminoácido que aumenta la concentración y el estado de alerta. Son carnes con una elevada cantidad de vitamina B12, que ayuda a combatir los estados de depresión y cansancio.

 

Y aunque bien sabemos que una de las cosas más importantes es tener 5 comidas al día, también es importante llevar una dieta acorde con nuestro estilo de vida. Para tener las pilas cargadas durante el día y no llegar agotados a casa por la noche, es importante hacer pausas para tomar algún tentempié y recargar las pilas. De la misma forma, beber mucha agua puede ayudarnos a mantener las pilas cargadas durante todo el día. Como siempre, la clave de una dieta equilibrada dependerá siempre del estilo de vida que llevemos: para las personas más activas, es imprescindible comer alimentos energizantes que nos ayuden a estar todo el día en pie de guerra.

¿Cuáles son los derechos y obligaciones de las parejas de hecho?

Este término empezó a salir a la luz en el año 1998, cuando varias comunidades empezaron a tomar en cuenta a parejas que aún sin estar casadas, llevaban muchos años viviendo juntos y compartiendo prácticamente todo. Aunque a nivel Estatal no existe ningún ley escrita sobre ello, hoy en día 13 comunidades autónomas ya han hecho leyes para este tipo de parejas. Siguen habiendo muchas diferencias en cuanto al matrimonio por lo civil, pero algunos derechos ya se tienen en cuenta para este tipo de parejas que no desean pasar ni por el altar, ni por el registro civil. En este posts te explicamos los derechos y obligaciones de este tipo de parejas.

 

Pareja de hecho: ¿qué significa?

De acuerdo con la ley, las parejas de hecho son uniones estables de dos personas mayores de edad o menores emancipados que, sin ningún impedimento para contraer matrimonio, pueden demostrar que han convivido como mínimo un periodo ininterrumpido variable o tienen hijos en común.

El periodo en cuestión exigido varía según la normativa de cada comunidad autónoma, puesto que no hay una legislación nacional. Entre los obstáculos para convertirse en pareja de hecho figuran el estar incapacitado y la existencia de parentesco directo. Navarra y Cataluña son las comunidades donde los derechos de las parejas de hecho se asemejan más al matrimonio

Una pareja de hecho está compuesta por dos personas entre quienes hay un vínculo similar al de un matrimonio. Este se puede demostrar por los hijos en común, pero también a través de documentos, testigos, etc. La prueba más concluyente es la firma de un contrato privado o ante notario, en el que se refleja esta unión, o bien lainscripción en un registro de parejas de hecho.

Derechos y diferencias entre matrimonios y uniones de hecho

El régimen jurídico de las uniones de hecho, a diferencia del matrimonio, tiene una base común, pero en algunos aspectos difiere según cada comunidad autónoma. Donde los derechos de las parejas de hecho se asemejan más al matrimonio es en Navarra, seguida de Cataluña.

Algunos de los derechos comunes con los unidos en matrimonio, y generalizados en todas las autonomías, son el acceso a subvenciones, viviendas públicas, concesión de ayudas y becas o exenciones fiscales en impuestos.

Pero, por lo demás, los derechos de estas parejas difieren bastante de quienes contraen matrimonio. Entre las divergencias más polémicas figuran que los casados pueden hacer la Declaración de Hacienda de forma conjunta o individual, cuando uno de los dos muere al otro le corresponde una pensión de viudedad y, en el cálculo de la pensión de jubilación, se tiene en cuenta si hay cónyuge a cargo para elevar el importe mínimo que se cobra. Para cobrar pensión de viudedad, debe probarse una convivencia ininterrumpida en los cinco años anteriores al fallecimiento

Las limitaciones de pareja de hecho afectan de modo diferente en cada caso:

  • Pensión de Viudedad.

    Para poder cobrar esta pensión, en caso de fallecimiento del otro integrante de la unión de hecho, debe demostrarse que la pareja lo ha sido al menos en los dos años anteriores, mediante la inscripción en los registros de uniones de hecho o firma de escritura pública. Además, debe probarse una convivencia ininterrumpida en los cinco años anteriores al fallecimiento a través, entre otros, de un certificado de empadronamiento.

  • Permisos retribuidos.

    Respecto a los subsidios que se otorgan por maternidad o paternidad, las parejas de hecho cuentan con iguales derechos que los matrimonios.

  • Asistencia sanitaria.

    Si se prueba un año de convivencia continuada mediante la inscripción en un registro o firma de escritura pública, las parejas de hecho gozan del derecho a la asistencia sanitaria. En el caso de los matrimonios, obtienen este derecho desde el mismo momento del casamiento.

  • Alquileres.

    En caso de fallecimiento del miembro titular del contrato, la Ley de Arrendamientos Urbanos contempla el derecho de subrogación de la pareja, siempre que se acrediten dos años de convivencia.

  • Herencias.

    Es uno de los ámbitos en los que hay una mayor diferencia de trato entre parejas de hecho y matrimonios. En caso de fallecimiento del compañero, los primeros no tienen derecho a heredar, a diferencia de los segundos que reciben todos los bienes. Puesto que la ley no otorga derechos automáticos, resulta imprescindible hacer testamento.

  • Adopción.

    En teoría, las parejas de hecho pueden adoptar. Pero en la práctica, les resulta más difícil superar todas las exigencias burocráticas.

  • Hacienda.

    Quienes tienen una unión de hecho no pueden realizar la Declaración conjunta de la Renta, a diferencia de quienes viven en matrimonio. Por otra parte, en caso de donación, para los primeros la fiscalidad es más alta, mientras que para los segundos es menor.

  • Pensión alimenticia.

    Ante la ruptura de una pareja de hecho, se debe reclamar la pensión a través de un pleito específico, puesto que queda fuera de la jurisdicción de familia.

Parejas de hecho: requisitos y pruebas

En total, 13 comunidades, entre ellas Madrid, Andalucía, Cataluña o Aragón -las dos últimas con derecho civil propio-, han dado el paso de legislar sobre las uniones de hecho. Cuatro -Castilla-La Mancha, Castilla y León, La Rioja y Murcia- carecen de reglamentación específica más allá de la creación de registros autonómicos en las tres primeras. En la mayor parte de España, las parejas pueden elegir si formalizan o no su unión en un registro. En cualquier caso, cabe hacer pactos de convivencia ante notario. Puesto que formalizar una pareja de hecho conlleva ciertos beneficios, se pueden exigir pruebas que acrediten que no es un fraude.

Si bien resulta un trámite sencillo y los tiempos de espera son menores en relación a los que se requieren para contraer matrimonio, también se exige que se cumplan determinadas circunstancias:

  • Debe ser una unión de dos personas, de carácter heterosexual u homosexual.
  • Ha de ser una relación pública y notoria, algo que supone un comportamiento similar al de un matrimonio frente a terceros.
  • No haber contraído ya matrimonio.
  • Llevar una vida estable y duradera.
  • Haber unos intereses comunes para el desarrollo de una vida familiar.

Puesto que la formalización de una pareja de hecho conlleva ciertos beneficios por parte de los contrayentes, se pueden exigir diversas pruebas para acreditar que esa unión existía con antelación y que no es un fraude. Algunas de estas son las declaraciones de convivencia, que acreditan la unión desde la fecha de su otorgamiento o firma y en las que se pacta la relación económica de la pareja. Pueden reemplazarse por contratos privados que se celebren entre los compañeros.

Contratos bancarios, de aperturas de cuentas corrientes, suscripción a tarjetas de crédito, etc. pueden constituir pruebas que presupongan una disposición conjunta del patrimonio común de las personas en convivencia.

Bajo la misma perspectiva, se toman como argumentos creíbles los contratos con terceros, como arrendamientos, venta de bienes, así como el empadronamiento y el domicilio fiscal, todas ellas son pruebas que demuestran la convivencia de la pareja en una misma vivienda.

Hoy en día, los únicos requísitos que han de cumplirse para formar una pareja de hecho es estar empadronado en la ciudad donde se llevará a cabo la unión y presentarse en el registro con dos testigos mayores de edad y los DNIs. Las parejas de hecho pueden hacerse entre heterosexuales u homosexuales, sin importancia del sexo de la pareja pero en cuanto se certifique la pareja de hecho, estos no podrán formar otra pareja de hecho con otra persona mientras ésta sigua vigente.