Un americano pierde 17 kilos gracias a una “dieta McDonald’s”

¿Usted se imagina comiendo durante 3 meses seguidos en un McDonald’s? Un americano, John Cisna, se lo propuso y consiguió, incluso, reducir su peso y su colesterol. El éxito de esta dieta se basa en las reglas estrictas que se impuso más que en los “beneficios” de las hamburguesas.

Todos recordaréis la película Super Size Me. En ese largo metraje del 2004, Morgan Spurlock quería enseñar los daños que causaban la comida de McDonald’s tras comer todos los días en los restaurantes de la cadena alimenticia de comida rápida en un período de prueba de un mes seguido.

9 años más tarde, un profesor de Ciencias en Iowa nos cuenta cómo ha vuelto a repetir la misma historia. Los resultados eran sorprendentes e inesperados, ya que, en vez de engordar, perdió casi 17 kilos con esa “dieta McDonald’s” de 3 meses.

Al contrario de Morgan Spurlock que sólo comía menús XXL, John Cisna se impuso unas cuantas reglas drásticas durante su experiencia.

La primera consistía en no superar las 2000 calorías por día. La segunda consistía en caminar unos 45 minutos por día como ejercicio físico. Un menú muy estricto era la tercera regla. El menú se componía de una hamburguesa con tortilla (producto no disponible en los McDonald’s en España) y copos de avena con leche desnatada por la mañana, a la hora de comer una ensalada y una hamburguesa clásica por la noche.

Big Mac, patatas fritas, sundaes..”Puedo comer lo que quiero en McDonald’s mientras compense el resto del día” comenta John Cisna. Añade también que su nivel de colesterol ha disminuido.

Más que un defensor de la cadena de comida rápida cuya filosofía no anima o anima poco a sus consumidores a cuidar la línea, el profesor de Biología ve en su experiencia la prueba de que se pueden hacer elecciones en nuestra salud. Afirma que “son nuestras elecciones las que nos hacen engordar, no McDonald’s”.

Por lo tanto, con un menú planificado y un poco de ejercicio, se podría disfrutar de unas comidas en las cadenas alimenticias de comida rápida sin pensar que, por ello, engordaremos sistemáticamente.

¿Qué comer en ayunas?

Beber un zumo de naranja, agua con limón, una cucharada de polen o una cucharada de aceite son los alimentos que solemos asociar para tomar o ingerir en ayunas, dependiendo del fin que se persiga o de las circunstancias individuales. ¿Qué conviene tomar en ayunas? ¿Es algún alimento mejor que otro?

Qué tomar en ayunas y por qué

Por la mañana, tras permanecer unas 10 horas (o más) sin ingerir ningún alimento desde la cena anterior, se suceden diversos cambios metabólicos para asegurar la supervivencia. Uno de los más destacados y evidentes es la hipoglucemia, por lo que el organismo está dispuesto a absorber con más avidez aquello que se le ofrezca. Hay alimentos que pueden ser más convenientes que otros, según el fin que se persiga o las circunstancias vitales individuales. Estos son algunos ejemplos:

  • Una cucharada de aceite de oliva virgen extra (o pan natural con aceite de oliva). Se reconoce como uno de los métodos o remedios caseros más populares usados para estimular el peristaltismo intestinal en caso de tendencia al estreñimiento. No cabe negar su capacidad lubricante de la mucosa digestiva, así como su capacidad para «despertar» el proceso de digestión al activar la función de hígado y vesícula. Además de obtener este beneficio, está demostrado que el consumo regular de aceite de oliva, el ingrediente principal de la Dieta Mediterránea, ejerce un mecanismo de protección indirecta frente al sistema antioxidante endógeno. Esto se traduce en un efecto cardiosaludable, tal como lo sugiere un reciente ensayo dirigido por investigadores españoles. Según el «estudio Guadix», las propiedades cardioprotectoras del aceite de oliva incluyen un mejor patrón lipídico postprandial. En esta investigación se midieron los efectos de un desayuno de tipo mediterráneo (pan con tomate y aceite de oliva, zumo de fruta y leche desnatada) sobre los parámetros lipídicos y postprandiales en preadolescentes con sobrepeso y obesidad, en comparación con un desayuno occidental, rico en ácidos grasos saturados (leche con cacao, pan con mantequilla). Este nivel de protección también se entiende por la capacidad antiinflamatoria o moduladora de los marcadores inflamatorios del aceite de oliva virgen. Si se atiende a esta propiedad, quienes tienen molestias musculares o articulares, como un ejemplo más de un proceso inflamatorio, pueden experimentar mejoría si toman aceite de oliva en ayunas, o desayunan con este «oro líquido». Estos y otros efectos beneficiosos quedaron recogidos en la conferencia internacional sobre el efecto saludable del aceite de oliva virgen.
  • Cucharada de aceite de oliva virgen con zumo de limón. En caso de desequilibrio del hígado y en particular de la vesícula biliar puede estar más indicada esta combinación. Se puede estar «intoxicado» por distintas causas, aunque la más común es la mezcla de una mala alimentación y una insuficiente capacidad depuratoria del organismo (en gran medida, por sobrecarga de hígado y vesícula). Esto se refleja en la salud física y mental: cansancio matutino pese a dormir horas, dolor de cabeza, malas digestiones, boca pastosa o seca, alteraciones del ciclo del sueño (hipersomnia o insomnio), además de molestias o dolores musculo-esqueléticos. La combinación de ambos alimentos (aceite de oliva virgen extra y zumo de limón) en principio no tiene contraindicaciones, salvo en caso de estómago delicado. Esto no es un consejo general, es informativo, por lo que cada persona ha de valorar su tolerancia individual.
  • Vaso de zumo de naranja. Hay quien necesita este estímulo para evitar el estreñimiento. Sin embargo, a otras personas, tomar este en apariencia sano aperitivo les provoca malestar como náuseas, gases y pesadez abdominal, dolor en el costado derecho y dolor de cabeza matutino. Hasta puede agravarse con una molesta acción purgante. Si es este el caso, es probable que se tenga debilidad digestiva, en concreto de hígado (hígado perezoso) y vesícula biliar (coledisquinesias o vesícula perezosa). Las molestias se acentúan tras tomar el zumo de naranja en caso de cálculos en la vesícula biliar e, incluso, pueden propiciar un cólico. Esto se debe a la capacidad colagoga o estimulante del vaciado de la vesícula biliar de este cítrico, no tan acentuado en otras frutas de la misma familia (conviene comprobar la tolerancia). Es por ello que en determinadas circunstancias tomar zumo de naranja en ayunas puede estar contraindicado.
  • Una cucharada de polen en ayunas. El polen es un compendio de micronutrientes: aminoácidos, azúcares, minerales y oligoelementos, vitaminas y carotenoides, enzimas y sustancias antioxidantes (flavonoides, terpenos). Está sobre todo indicado en casos de debilidad, fatiga, anemia y falta de apetito. Sus componentes son fácilmente asimilables, dado que están predigeridos, si bien su absorción aún será mayor y más rápida si se toma en ayunas.
  • Qué no combinar en el desayuno. El café con leche o el té con leche son dos clásicos de los desayunos. El primero, más. Esta combinación a la que tan acostumbrada están tantas personas no siempre es la mejor por su contenido en lo que se denomina «sustancias antinutritivas», es decir, compuestos de los alimentos que en la concentración en la que se encuentran alteran la absorción o el aprovechamiento de ciertos nutrientes. Es el caso del contenido en taninos del café y los tés (negro, verde), compuestos que afectan a la correcta absorción del hierro. Es por ello que estos alimentos (café, té negro, té verde, tan habituales en los desayunos) no son los más indicados en caso de debilidad, cansancio, fatiga o anemia.

 

En ciertas ocasiones, algunas combinaciones entre alimentos y medicamentos puede aumentar, ralentizar o anular el efecto terapéutico de algunos medicamentos. Es el efecto “interacción fármaco-nutriente”. Un ejemplo puede ser el zumo de piña que afecta negativamente al efecto de los anticoagulantes orales usados en caso de trombosis o embolia. En cambio, el zumo de naranja es recomendable por ayudar a la absorción del hierro de complementos o medicamentos usados para tratar la anemia ferropénica y porque, además, es my rico en vitamina C.

¿Cómo quitar la humedad de una pared antes de pintarla?

Todos hemos tenido alguna vez este problema o gente conocida que nos haya contado este problema. No es raro ver este problema en muchos hogares, sobretodo en las paredes y en los techos. Siempre resulta ser un problema de difícil solución que hay que remediar desde el origen, hallando fugas en el sistema de fontanería o grietas en las paredes y techos. Es primordial solucionar este problema ya que puede ser perjudicial para la salud, sobretodo las personas alérgicas o con problemas respiratorios.

Eliminar la fuente de humedad para acabar con las manchas

El primer paso consiste en eliminar la fuente del problema. El techo o las paredes con manchas pueden dar al exterior o a un espacio interior (otra estancia de la misma casa o un piso vecino).

Si dan al exterior, lo más probable es que haya grietas o fisuras que ocasionen filtraciones. Estas pueden ser menores, y derivar en manchas, o más grandes. En este último caso, si están en el techo, acabarán por formar goteras, por lo que es preciso reparar estos daños antes de pintar la pared.

Algo parecido ocurre cuando la superficie da a un espacio interior. El paso de la humedad en general se debe a una cañería rota o a una pared con filtraciones que conduce a una estancia con mucha humedad, como la cocina o el cuarto de baño. Hay que reparar la avería para garantizar que el problema no reaparezca. Se debe tener en cuenta que, por muy pequeñas que sean las fugas en un sistema de fontanería, la humedad siempre acaba por llegar a la pared y ocasionar manchas. Por eso, si no se toma el trabajo de solucionarlo de una vez, no se hará más que postergar la reaparición del inconveniente.

Otro motivo de la formación de manchas en la pared puede ser la mala ventilación de habitaciones con mucha humedad, como cuartos de baño, cocinas, sótanos, desvanes o trasteros. En estos espacios, nada mejor que proporcionar una buena ventilación natural: abrir las ventanas (y puertas, si dan al exterior) después de ducharse o preparar los alimentos, en particular si se ha generado vapor. Si las aberturas al exterior no son buenas, existe la posibilidad de introducir aparatos para facilitar la eliminación de la humedad, como un extractor de aire o un deshumidificador de ambientes.

Aplicar la nueva pintura

Solucionada la avería, se debe quitar la mancha. Para ello, solo hay que decapar la superficie y lijar lo suficiente para borrar todo vestigio del moho u otros restos de humedad que pudieran permanecer.

Si la mancha no es demasiado profunda, es posible que se quite con la aplicación de un limpiador de moho. En cambio, si la contaminación de la humedad ha sido grave, quizá haya que rasquetear mucho o incluso levantar parte del revoque de la pared y, luego, reponerlo. Esto exige bastante trabajo, pero es necesario a fin de garantizar que el problema no se repita.

Tras quitar la mancha, se procede al último paso: la aplicación de la nueva pintura. Conviene usar pintura antihumedad o antimoho, para prevenir la nueva aparición de manchas. Aunque el problema de origen se haya solucionado, es una manera de precaverse ante posibles nuevas averías o ante la posible acumulación de humedad de espacios sin una buena ventilación natural.

 

Antes de pintar una pared con problemas de humedad, es importante localizar el origen de la humedad, tanto por problemas de alguna fuga en el sistema de fontanería o por alguna grieta en la pared o techo. Tras localizar el problema, una de las posibles soluciones es aplicar directamente otra pintura encima pero no siempre resulta ser eficaz ya que tarde o temprano la humedad alcanzará también esa superficie. Un buen recurso para combatir la humedad en los interiores es el papel vinílico o plastificado ya que su limpieza es muy fácil. En el interior de armarios u otros muebles, una alternativa es la colocación de productos que absorban la humedad, como un recipiente con arroz o carbón vegetal.

Declaración de la renta 2013: Deducciones por ascendientes

Otro año toca hacer la declaración de la renta. Uno debe estar atento a los cambios que se hayan aplicado de un año a otro, o estar atento por si se puede aplicar deducciones y disfrutar de ciertas desgravaciones. A veces, el simple hecho de convivir con los padres cuando con mayores de 65 años y cumpliendo una serie de requisitos, pueden aportar al contribuyente unos beneficios fiscales tanto en el ámbito de aplicación estatal como autonómico.

Mínimo aplicable

El mínimo por ascendientes forma parte del mínimo personal y familiar, que es la parte de la renta que no se somete a tributación por el IRPF porque se destina a satisfacer las necesidades del ciudadano y de quienes viven con él. Por cada pariente mayor de 65 años que conviva con quien hace la Declaración -siempre que cumpla con las condiciones establecidas-, se suman al mínimo personal y familiar 918 euros. Si aún no ha cumplido esta edad pero el ascendiente tiene una minusvalía, aporta los mismos beneficios fiscales y, si tiene más de 75 años, se le añade una cuantía adicional de 1.122 euros.

Si además de tener más de 65 años el pariente mayor padece una minusvalía del 33% o superior, pero inferior al 65%, los descendientes contarán con 2.316 euros adicionales, que pasarán a ser 7.038 si la discapacidad alcanza el 65%.

Cuando se acredite que los ascendientes necesitan ayuda de terceras personas o tienen movilidad reducida, a lo anterior se le suman 2.316 euros en concepto de gastos de asistencia.

Requisitos

Para que un ciudadano pueda aumentar su mínimo personal y familiar por este concepto, los padres, abuelos o bisabuelos han de estar unidos a él por un vínculo de parentesco en línea directa por consanguinidad o adopción. Pero no se incluyen aquellos cuyo vínculo es por línea colateral -como los tíos o tíos abuelos- y tampoco por afinidad, que es el caso de los suegros.

Además, el ascendiente debe ser mayor de 65 años o tener una minusvalía igual o superior al 33%.

Es necesario que la persona que da derecho a aplicar el mínimo conviva con el beneficiario al menos durante la mitad del periodo impositivo. También se entiende que se cumple esta condición cuando los ascendientes discapacitados que dependan del contribuyente estén internados en centros especializados.

Para practicar la reducción se tiene en cuenta la fecha de devengo del impuesto, el 31 de diciembre. Si el ascendiente fallece antes de esta fecha, aunque haya convivido más de la mitad del periodo impositivo con el contribuyente, no da derecho a la aplicación del mínimo.

Cuando el padre, abuelo o bisabuelo ha obtenido rentas superiores a 8.000 euros, sus descendientes no pueden aplicarse la reducción y tampoco si el mayor de 65 años presenta su propia Declaración con rentas superiores a los 1.800 euros.

Puede darse el caso de que dos o más personas tengan derecho a aplicarse el mínimo respecto a los mismos ascendientes. En este supuesto, el importe se prorrateará entre ellos a partes iguales. Pero si los contribuyentes tienen distinto grado de parentesco hacia quien genera derecho a la reducción, le corresponde a quien tenga el grado más cercano, salvo que este no tenga rentas anuales superiores a 8.000 euros, en cuyo caso corresponderá a los de siguiente grado. Es decir, si los hijos pueden beneficiarse del mínimo por ascendiente porque sus rentas son inferiores a 8.000 euros, se lo podrán aplicar los nietos que cumplan los requisitos.

Deducciones autonómicas

Estas deducciones se complementan con las propuestas por las comunidades autónomas, aunque no todas cuentan con ayudas por mayores de 65 años si no cumplen otros requisitos como tener una discapacidad.

  • ANDALUCIA

Esta autonomía cuenta con una deducción de 100 euros para contribuyentes que sean padres de una familia monoparental. Se entiende como tal la formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro y sean menores de edad o mayores de 18 años incapacitados por la justicia.

Esta cuantía se aumenta en 100 euros por cada persona mayor de 75 años que conviva con la familia, siempre que genere el derecho a aplicar el mínimo por ascendientes establecido en la normativa estatal del IRPF.

  • ARAGÓN

Los residentes en esta comunidad pueden beneficiarse de una deducción de 150 euros por el cuidado de los ascendientes mayores de 75 años que convivan con el contribuyente al menos durante la mitad del periodo impositivo y no tengan rentas superiores a los 8.000 euros.

  • ASTURIAS

Quienes acojan, con carácter no remunerado, a personas que hayan cumplido 65 años cuentan con una deducción de 338 euros. Es necesario que el contribuyente viva con ellos durante más de 183 días al año sin percibir de los mayores ninguna contraprestación. Además, la persona acogida no debe tener parentesco de consanguinidad o afinidad hasta tercer grado con el contribuyente.

  • ISLAS BALEARES

En el archipiélago no cuentan con desgravaciones específicas por ascendientes, aunque sí pueden disfrutar de una deducción de 50 euros los contribuyentes que hayan cumplido 65 años.

  • CANARIAS

Con esta misma edad, los residentes en Canarias también tienen deducciones, que ascienden a 120 euros.

  • CANTABRIA

Por cuidado de cada ascendiente mayor de 70 años, ya sea el parentesco por consanguinidad o por afinidad, el ciudadano tendrá una deducción de 100 euros. Para ello es necesario que viva con el contribuyente al menos durante 183 días y que este esté obligado a declarar. Las rentas del ascendiente no deben ser superiores a 6.000 euros.

  • CASTILLA-LA MANCHA

Para los mayores de 75 años, la región aplica una deducción de 100 euros. Existe otra de igual cuantía por el cuidado de ascendientes que hayan cumplido esta edad, siempre que den derecho a la aplicación del mínimo. No se podrán practicar estos beneficios fiscales si los mayores viven durante más de 30 días en residencias de Castilla-La Mancha u ocupan plazas concertadas o subvencionadas por la comunidad en otros centros.

  • CASTILLA Y LEÓN

El hecho de haber cumplido 65 años no da derecho a contar con desgravaciones, salvo si a la edad se añade estar afectado por una minusvalía, en cuyo caso la deducción será de 656 euros por contribuyente.

  • CATALUÑA

Esta autonomía reconoce una deducción por alquiler de la vivienda habitual que alcanza el 10% de las cantidades satisfechas durante el año 2010. Pueden beneficiarse de ella las personas que tengan al menos 65 años siempre y cuando sean viudas. Como requisito se establece que la suma de las bases imponibles general y del ahorro -menos el mínimo personal y familiar- no supere 20.000 euros anuales y que las cantidades pagadas por el alquiler excedan del 10% de los rendimientos netos del contribuyente. El límite máximo de la deducción es de 600 euros anuales.

  • MADRID

Los residentes en Madrid tienen una deducción de 900 euros por acoger a mayores de 65 años, siempre que estos convivan con el contribuyente durante al menos 183 días y no medie contraprestación. Además, es necesario que el acogimiento no dé lugar a la obtención de ayudas o subvenciones de la Comunidad de Madrid.

La persona acogida no debe estar vinculada con el contribuyente por un parentesco en grado igual o inferior al cuarto, bien sea de consanguinidad o afinidad. La suma de las bases imponibles general y del ahorro no puede superar los 25.620 euros en tributación individual o los 36.200 euros en la conjunta.

  • VALENCIA

La deducción de 179 euros dirigida a los contribuyentes de más de 65 años solo se puede practicar en el caso de que tengan una minusvalía del 33% o superior.

Una deducción de la misma cuantía pueden obtener los ciudadanos por cada ascendiente mayor de 75 años en línea directa por consanguinidad, afinidad o adopción. Tienen que convivir con él al menos la mitad del periodo impositivo y las rentas de la persona que da derecho a la deducción no pueden ser superiores a 8.000 euros ni presentar la Declaración del IRPF con rentas que pasen los 1.800

Además, la suma de la base liquidable general y del ahorro debe ser como máximo de 27.790 euros para la Declaración individual y 44.955 en la conjunta.

 

Por lo tanto, según ciertos requisitos y la comunidad autónoma donde viva el contribuyente, se podrá aplicar un mínimo por ascendientes e incluso aumentar estas desgravaciones si cumple otros requisitos anteriormente citados. Pero, hay que tener en cuenta que si el mayor ha obtenido rentas superiores a 8.000€, sus descendientes no tendrán derecho a aplicarse esta deducción.

¿Cómo cubrir las proteínas que necesita nuestro organismo?

Siempre se ha dicho que las legumbres como las lentejas, garbanzos o alubias son fuente de proteínas aunque de menor calidad que las de origen animal. Pero si sabemos como combinarlas con distintos alimentos vegetales se puede llegar a cubrir las necesidades proteicas que el organismo necesita. Una de las combinaciones por excelencia son las legumbres con algún cereal como arroz, pasta o pan. Uno de los platos más populares es el plato de lentejas con arroz que contiene las proteínas de igual calidad que las de la carne, pescado, huevos o los lácteos.

Combinaciones de proteínas y aminoácidos

Consumir una ración de carne en cada comida, algo tan habitual y cotidiano en nuestro entorno, es una rareza en la mayor parte del mundo. Por ello, casi todas las culturas gastronómicas gozan de combinaciones dietéticas vegetales que permiten cubrir los requerimientos proteicos del organismo aun cuando los recursos de origen animal son escasos. Los frijoles con arroz del continente americano, los platos especiados de «dal bhat» (lentejas con arroz) del Nepal y de la India, o los garbanzos con cuscús magrebíes son algunos ejemplos de esas sabias mezclas que permiten conseguir un plato completo desde el punto de vista nutricional.

Para entender cómo funcionan estas combinaciones es importante conocer mejor cómo trabaja la química de nuestro cuerpo. Las proteínas son grandes moléculas complejas que se encuentran en las células de todos los seres vivos y que realizan funciones esenciales, como formar estructuras o regular los procesos metabólicos, entre otras. Las proteínas de nuestro cuerpo están hechas a base de combinaciones de unos componentes llamados aminoácidos, de los cuales existen 20 tipos diferentes. De estos 20, nueve se denominan «esenciales», ya que nuestro organismo no es capaz de fabricarlos y necesita aportarlos a través de los alimentos.

Algunas fuentes alimentarias, como la carne, el pescado, los huevos o los lácteos aportan proteínas que contienen, en cantidades suficientes para el organismo, los nueve aminoácidos esenciales. Sin embargo, otros alimentos, como las legumbres, contienen pequeñas e insuficientes cantidades de los aminoácidos metionina y cisteína. El arroz, en cambio, sí aporta estos dos aminoácidos, pero le falta lalisina y la isoleucina. Resulta lógico que, al tomar estos dos alimentos, se combinen sus déficits y sus aportes y consigan ser, en suma, una fuente de proteínas completas.

¿Cómo combinar los alimentos vegetales?

La complementación de alimentos vegetales para obtener los aminoácidos esenciales en cantidades suficientes podría resultar, a primera vista, complicada de conseguir. ¿Cómo ingerir, en cada comida y cada día, legumbres con cereales, frutos secos o semillas sin ser un experto en nutrición y gastronomía? La realidad es que no es necesario tomar estos alimentos en la misma comida: el cuerpo mantiene una reserva de aminoácidos provenientes de todos los alimentos y de los desechos de las células, de modo que cuando consumimos una proteína incompleta, sus aminoácidos se unen a aquellos que ya están en reserva.

De esta manera, las combinaciones habituales de alimentos vegetales que se realizan a lo largo del día permiten complementar sus deficiencias en ciertos aminoácidos. Ya en 1994, en un trabajo publicado en la revista científica American Journal of Clinical Nutritionse establecía como mito la necesidad de combinar dichos alimentos en una misma comida. Según los investigadores que realizaron el estudio, el equilibrio a lo largo del día es suficiente.

El prestigioso Institute of Medicine, organismo de referencia en el establecimiento de las necesidades nutricionales humanas, afirma que las personas vegetarianas que siguen una dieta variada (con cereales, legumbres, frutos secos, semillas, etc.) y cubren sus requerimientos energéticos (algo habitual en nuestro entorno de abundancia alimentaria) tienen garantizada la ingesta proteica, por lo que las recomendaciones dietéticas no difieren de las de los omnívoros.

Desde el punto de vista cuantitativo, por lo tanto, no comer carne, ni pescado (ni huevos ni lácteos, incluso) no supone ningún problema a la hora de aportar las proteínas suficientes para que el organismo realice sus funciones. Pero, ¿y en cuanto a la calidad? ¿Deben las personas vegetarianas diseñar sus comidas para que aporten nutrientes complementarios? Como se ha explicado en el párrafo anterior, es suficiente con consumir a lo largo del día diferentes alimentos de origen vegetal (por ejemplo, pan en el desayuno, garbanzos salteados con espinacas y piñones en la comida y sopa de arroz con verduras en la cena).

 

Por lo tanto, el truco está en saber combinar distintos alimentos vegetales con las legumbres que pueden llegar a complementar los déficits y conseguir una completa fuente de proteínas al igual que lo hacen las carnes, huevos, lácteos, etc. Esta combinación de alimentos no es necesaria hacerla en la misma comida, se puede repartir a lo largo del día. Según la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, los valores dietéticos de referencia para las proteínas son de 0,83 gramos de proteína por kilo de peso y día.